Uno de los factores claves para el desarrollo de pueblos y ciudades es el Planeamiento Urbanístico, ya que permite marcar los pasos que se deben seguir para que el crecimiento del territorio sea de forma ordenada y sostenida. Si no existieran estos lineamientos, cualquier persona podría construir lo que quisiera donde quisiera. De allí su importancia.
Si revisamos su definición, que está recogida en la Ley del Suelo de 1956, vemos que el Plan es el instrumento básico del Urbanismo, permitiendo la ordenación integral del territorio que abarca un término municipal en su totalidad, estableciendo la clasificación y los usos del suelo, determinando los equipamientos y servicios necesarios para el funcionamiento de la ciudad.
En nuestro país, las comunidades autónomas son las encargadas de establecer las normas relacionadas con la ordenación del territorio, siguiendo los criterios establecidos en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). Así se estableció en la Constitución de 1978, con lo que se puso fin a la tradición urbanística uniforme para todo el Estado, generando los 17 ordenamientos jurídicos autonómicos actualmente en vigor.
Tipos de planes urbanísticos
Para alcanzar un ordenamiento detallado de cada parcela de terreno, se han diseñado distintos tipos de planes urbanísticos, los cuales se dividen entre planes generales, o planeamiento general, y planes de desarrollo, o de ordenación pormenorizada.
- Planeamiento general: el instrumento de planeamiento general por excelencia es el Plan General de Ordenación Urbana mediante el cual se establece la ordenación urbanística en la totalidad del término municipal (de uno o de varios municipios) y se organiza la gestión de su ejecución.
- Planes parciales: son instrumentos de desarrollo de los planes generales mediante los cuales se establece la ordenación detallada precisa para la ejecución integrada del Plan General de sectores enteros en suelo urbano no consolidado y en suelo urbanizable, cuando, en su caso, aún no disponga de dicha ordenación.
¿Qué es el Plan General de Ordenación Urbana?
El Plan General de Ordenación Urbana es el instrumento que ordena todo el término municipal. Este documento clasifica todo el suelo del término municipal en las diferentes clases de suelo, de ordinario, suelo urbano, suelo urbanizable y suelo no urbanizable o rústico, y categoriza de entre las diferentes clases, en su caso, para la aplicación del régimen jurídico correspondiente.
Además, en este plan se definen las grandes infraestructuras, los equipamientos y sistemas generales de zonas verdes y espacios libres, y se establecen las reservas de terrenos necesarias para ello.
El Plan General debe ir acompañado de un informe de viabilidad económica, denominado Estudio Económico Financiero, y de un informe de análisis ambiental, que analice el impacto ambiental de la ordenación y de los desarrollos previstos.
Para conocer más sobre el planeamiento urbanístico, se puede visitar la página web del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.








