¿Qué se entiende por suelo urbano?
La Ley del Suelo aprobada en 1956 definió tres clases de suelo: el urbano, el urbanizable y el no urbanizable; una tipología que se mantiene hasta nuestros días. En este artículo explicamos las principales características del primero de ellos: el urbano.
De acuerdo con la legislación vigente, el suelo urbano es aquel que forma parte de un núcleo poblacional, está designado n la planificación urbanística de una localidad, por lo que los permisos y atributos necesarios para que se puede construir en él. Sin embargo, para ser considerado como tal, el terreno debe contar con servicios básicos, tales como: el acceso con rodados, el abastecimiento de agua, saneamiento y suministro de energía.
Además, también pueden ser considerados suelos urbanos aquellos a los que se les ha realizado una transformación para hacerlos aptos para la urbanización; así como los que cuentan con una ubicación urbana.
Criterios para calificar un suelo como urbano
Existen dos criterios a considerar a la hora de denominar un suelo como urbano:
- Criterio de transformación: aquellos terrenos que cuentan con los servicios básicos en el momento que se realice el planeamiento urbano o los que no contaban con los servicios básicos en un inicio, pero se fueron transformando en el transcurso de la ejecución.
- Criterio de ubicación: aquellos terrenos que estén en áreas ya consolidadas por la edificación, más allá de si disponen o no de los servicios básicos.
Clases de suelo urbano
Por su parte, el suelo urbano puede ser de dos clases:
- Suelo consolidado: es aquel que cuenta con todos los servicios urbanos propios del proceso de urbanización, bien porque desde el inicio contaba con ellos o porque los ha adquirido con el tiempo. Son parcelas que están libres para construir sobre ellas.
- Suelo no consolidado: es el terreno que, pese a estar dentro de la ciudad, todavía no cuenta con todos los servicios urbanos, no han experimentado una urbanización completa.
Tipos de uso de suelo urbano
Para finalizar, es necesario tener en cuenta que todo el suelo de un núcleo poblacional debe estar incluido en alguna calificación urbanística que determine su destino, los cuales pueden ser: uso residencial (para vivienda o alojamiento), uso industrial (para construcción de polígonos), suelo terciario (para el sector servicios) y suelo dotacional (reservado para servicios públicos).








